Decreto de abolición de la esclavitud espiritual en Puerto Rico

Por cuanto, en Isaías 61 está escrito:

1EL espíritu del Señor Jehová es sobre mí, porque me ungió Jehová; me ha enviado a predicar buenas nuevas a los abatidos, a vendar a los quebrantados de corazón, a publicar libertad a los cautivos, y a los presos abertura de la cárcel;    2A promulgar año de la buena voluntad de Jehová, y día de venganza del Dios nuestro; a consolar a todos los enlutados;    3A ordenar a Sión a los enlutados, para darles gloria en lugar de ceniza, óleo de gozo en lugar del luto, manto de alegría en lugar del espíritu angustiado; y serán llamados árboles de justicia, plantío de Jehová, para gloria suya.

Dado que, el 22 de marzo de 1873 la Asamblea Nacional de España decretó y sancionó la Ley de la Abolición de la Esclavitud en Puerto Rico, que lee en su primer artículo:

Art. 1.Queda abolida para siempre la esclavitud en la isla de Puerto Rico.

Por tanto, nosotros, los que esperamos a Jehová, conocidos también como los que trastornan el mundo espiritual, constituidos hoy como CASA DE JUICIO, disponemos ejecutar los siguientes acuerdos:

Se dispone sobre los habitantes de Puerto Rico, lo que el Todopoderoso dijo por el profeta, en Isaías 61:4-7

Acuerdo 1 (vrs. 4):    “Y edificaran los desiertos antiguos, y levantarán los asolamientos primeros, y restaurarán las ciudades asoladas, los asolamientos de muchas generaciones.

Acuerdo 2 (vrs. 5):    “Y estarán extranjeros, y apacentarán vuestras ovejas, y los extraños serán vuestros labradores y vuestros viñadores.

Acuerdo 3 (vrs. 6):    “Y vosotros seréis llamados sacerdotes de Jehová, ministros del Dios nuestro seréis dichos: comeréis las riquezas de las gentes, y con su gloria seréis sublimes.

Acuerdo 4 (vrs. 7):    “En lugar de vuestra doble confusión, y de vuestra deshonra, os alabarán en sus heredades; por lo cual en tus tierras poseerán doblado, y tendrán perpetuo gozo.

Notifíquese, porque el Todopoderoso lo ha dicho:

8Porque yo Jehová soy amador del derecho, aborrecedor del latrocinio para holocausto; por tanto afirmaré en verdad su obra, y haré con ellos pacto perpetuo.

    9Y la simiente de ellos será conocida entre las gentes, y sus renuevos en medio de los pueblos; todos los que los vieren, los conocerán, que son simiente bendita de Jehová.

    10En gran manera me gozaré en Jehová, mi alma se alegrará en mi Dios; porque me vistió de vestidos de salud, rodeóme de manto de justicia, como a novio me atavió, y como a novia compuesta de sus joyas.

    11Porque como la tierra produce su renuevo, y como el huerto hace brotar su simiente, así el Señor Jehová hará brotar justicia y alabanza delante de todas las gentes.

Ejecutado y notificado hoy 22 de marzo de 2010, a las 3 de la tarde en las siguientes plazas de Puerto Rico

  1. Plaza de Fajardo
  2. Plaza de Luquillo
  3. Plaza de Ceiba
  4. Plaza de Loiza
  5. Plaza de Rio Grande
  6. Plaza Luis Muñoz Rivera, de Humacao
  7. Plaza Antonio R. Barceló, de Juncos
  8. Plaza de Rincón
  9. Plaza de Aguadilla
  10. Plaza de Carolina
  11. Plaza de Guaynabo
  12. Plaza del Viejo San Juan
  13. Plaza de Bayamón

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